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Argentina

Mellone sobre la ciudadanía italiana: “Díganme quién decide su lugar de nacimiento, la nacionalidad de su padre o abuelo»

El abogado sostuvo que la Corte Constitucional ya se pronunció sobre aspectos centrales del caso y anunció una presentación ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. 

La audiencia pública celebrada ante la Corte Constitucional italiana sobre las modificaciones introducidas por el Decreto Ley 36/2025 comenzó con una fuerte objeción de la defensa. El abogado Marco Mellone abrió su exposición afirmando que el máximo tribunal ya habría anticipado su posición sobre cuestiones centrales del debate a través de la Sentencia n.º 63/2026.

“Quizás soy uno de los primeros abogados del mundo llamado a hacer cambiar de opinión a 15 jueces sobre un asunto ya decidido hace 30 o 40 días”, expresó al inicio de su alegato.

Mellone sostuvo que la sentencia publicada tras la audiencia del 11 de marzo abordó aspectos sustanciales de la misma normativa que hoy se encuentra bajo examen. En ese contexto, informó que ya presentó una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), argumentando una posible vulneración del derecho a un juicio justo. Según explicó, la presentación cuestiona la práctica de anticipar decisiones mediante comunicados de prensa antes de la publicación formal de las sentencias. “Los jueces se expresan a través de sus sentencias, no mediante comunicados de prensa”, afirmó.

Durante su intervención, el abogado también apuntó contra la aplicación retroactiva de las nuevas disposiciones sobre ciudadanía. A su entender, la legislación introduce requisitos imposibles de cumplir para quienes ya habían adquirido derechos bajo la normativa anterior. “Díganme quién decide su lugar de nacimiento. Díganme quién decide la nacionalidad de su padre o abuelo. Son condiciones imposibles de satisfacer”, argumentó. Asimismo, rechazó la interpretación según la cual los descendientes nacidos en el exterior adquirirían la ciudadanía únicamente tras un reconocimiento administrativo formal y no desde el nacimiento.

La defensa presentó además dos solicitudes ante la Corte. La primera pide suspender el procedimiento hasta que las Secciones Unidas del Tribunal de Casación definan el alcance de aplicación de la nueva normativa. La segunda incorpora como hecho nuevo el caso de una clienta que recibió una oferta laboral en un país de la Unión Europea condicionada a su posibilidad de ingresar al territorio comunitario.

Según Mellone, esta situación demuestra que los efectos de la reforma no son teóricos sino concretos. Al concluir, dejó expresa reserva para recurrir nuevamente ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos si la futura decisión vulnera los derechos fundamentales de sus representados. La Corte Constitucional no emitió un fallo durante la audiencia y no existe un plazo determinado para la publicación de la sentencia.

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