Cargando fecha...
Argentina

Ciudadanía italiana: la Corte Constitucional escuchó los reclamos de millones de descendientes en América Latina

La justicia escuchó los argumentos sobre retroactividad, derechos adquiridos, menores de edad y acceso a la ciudadanía. Ahora se espera la decisión final.

La Corte Constitucional italiana celebró este martes una audiencia pública clave para el futuro de la ciudadanía por descendencia. Durante la sesión, cinco abogados expusieron sus argumentos sobre la constitucionalidad del artículo 3-bis incorporado a la Ley 91/1992 por el Decreto Ley 36/2025, norma que modificó los criterios para el reconocimiento de la ciudadanía italiana. El tribunal escuchó las exposiciones sin formular preguntas y concluyó la audiencia sin emitir una decisión.

El primer expositor fue el constitucionalista Alfonso Celotto, profesor de la Universidad Roma Tre, quien concentró su intervención en el caso de un menor involucrado en la ordenanza remitida por el Tribunal de Mantova. “Nos enfrentamos a una especie de derogación masiva y automática de la ciudadanía”, sostuvo al advertir que la nueva legislación transforma un derecho fundamental en una situación jurídica debilitada. Para fundamentar su posición invocó el artículo 22 de la Constitución italiana, que prohíbe la privación de la ciudadanía por motivos políticos.

La exposición más extensa correspondió al abogado Marco Mellone, representante de una de las causas provenientes del Tribunal de Campobasso. El jurista cuestionó duramente la Sentencia n.º 63/2026 y sostuvo que la Corte ya había anticipado su posición antes de escuchar los nuevos argumentos de las partes. “Los jueces se expresan a través de sus sentencias, no a través de comunicados de prensa”, afirmó. Además, criticó la retroactividad de la reforma y señaló que la ley introduce requisitos imposibles de cumplir para los descendientes afectados. Durante su alegato informó que ya presentó una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y dejó constancia de nuevas reservas para futuras acciones internacionales.

También expusieron la abogada argentina Monica Lis Restanio y el profesor Corrado Caruso. Restanio sostuvo que la nueva interpretación jurídica vacía de contenido al principio del ius sanguinis. “La ciudadanía ya no se transmite por filiación, sino que depende de una intervención burocrática posterior”, afirmó. Por su parte, Caruso cuestionó la cláusula transitoria que protegió únicamente a quienes ya tenían turnos consulares otorgados antes de la entrada en vigor de la reforma. Según explicó, la norma termina trasladando a los ciudadanos las consecuencias de las deficiencias administrativas del propio Estado.

La posición del Gobierno italiano fue defendida por el abogado del Estado Lorenzo D’Ascia, quien rechazó los argumentos de inconstitucionalidad y sostuvo que la reforma respeta el principio de proporcionalidad. El representante de la Presidencia del Consejo de Ministros afirmó que las acciones judiciales siempre estuvieron disponibles para los interesados y negó que la normativa implique una privación arbitraria de la ciudadanía. Además, consideró que las recientes decisiones del Tribunal de Casación sobre la legislación anterior no pueden utilizarse como parámetro para juzgar una ley distinta actualmente vigente.

Concluidas las exposiciones, el presidente de la Corte dio por finalizada la audiencia sin anunciar plazos para la sentencia. Ahora serán los quince jueces constitucionales quienes deberán pronunciarse sobre cuestiones centrales como la retroactividad de la norma, la protección de los derechos adquiridos, la situación de los menores y los límites que la Constitución italiana impone al legislador en materia de ciudadanía. La decisión es esperada con especial atención por millones de descendientes de italianos en todo el mundo.

Más NOTICIAS